DE LA COMISION PERMANENTE Y DE LA JUNTA DIRECTIVA
La Comisión Permanente se reunirá como mínimo cuatro veces al año.
La Junta Directiva se reunirá como mínimo tres veces al año. Una de ellas será obligatoriamente de carácter plenario y coincidirá con el Congreso o Jornada anual de la Sociedad. Se reunirá también cuando a criterio de la comisión Permanente así se solicite. La Junta directiva se reunirá con carácter extraordinario cuando a criterio de la comisión Permanente así se requiera, justificando la misma con un único punto del día, motivo de la convocatoria.
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Las Asambleas Generales que llevará a efecto la Sociedad, podrán tener carácter Ordinario y Extraordinario.
Articulo 30
Las de CARACTER ORDINARIO tendrán lugar una vez al año, coincidiendo con las Reuniones o Congresos Autonómicos. En esta Asamblea General se seguirá el siguiente
Orden del Día:
Las de CARACTER EXTRAORDINARIO serán convocadas por la Junta Directiva en cuantas ocasiones lo considere necesario, indicando fecha y lugar.
Orden del día de la Asamblea General Extraordinaria:
Todos los Miembros Numerarios y Honoríficos recibirán con quince días de antelación como mínimo la correspondiente citación a la Asamblea General. Deberán acreditar su condición de socio numerario.
ocal de la sección clinico‑biológica , el de la socio‑sanitaria y el de enfermería. La duración de los mismos será de tres años, coincidiendo con los periodos de la Junta Directiva. Los informes del Comité Técnico no son vinculantes para la Junta Directiva.